Registro de Marcas

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Al solicitar el registro de una marca, es muy común que la autoridad emita distintos tipos de oficios u objeciones, entre los más comunes se encuentran los requerimientos de forma, anterioridad e impedimentos legales.

Los oficios, por lo general, son emitidos en un lapso de 4 a 6 meses, teniendo un lapso de 2 meses para dar contestación a partir de la fecha de notificación y 2 meses adicionales de prórroga, en caso de no haber contestado en tiempo y forma. El recibir un oficio en un trámite de registro de marca no significa que la marca no será otorgada, por lo que, respondiendo las objeciones de manera adecuada y fundamentada, es posible lograr la obtención del registro de marca.

Los oficios de forma se emiten cuando la autoridad solicite aclaraciones en la solicitud, para así poder continuar el trámite.

En el caso de los oficios en los que se cita anterioridad, la autoridad considera que el nombre es similar a otro ya registrado, por lo que se tiene la opción de contestar dicha objeción, con el fin de cambiar a opinión de la autoridad. Es sumamente común recibir este tipo de objeciones en un trámite de registro de marca, por lo que se sugiere utilizar el apoyo de los especialistas en registro de marcas en México para poder intentar rescatar una solicitud que reciba este tipo de objeciones.

Por último, cuando la autoridad considera que la solicitud no cumple con los requisitos legales para convertirse en una marca registrada, puede emitir un oficio de impedimento legal. Este tipo de negativas son emitidas cuando la autoridad considera que un término a registrar es descriptivo del producto ó servicio.

Si su trámite recibió una objeción por parte del Instituto Mexicano de la Propiedad Industria, en Registralia podemos ayudarle a contestar el requerimiento para darle continuidad a su trámite y en el mejor de los casos, obtener el título de registro de marca.